PRESIDENTE O ÁRBITRO ÚNICO
MIEMBRO DEL TRIBUNAL ARBITRAL
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De conformidad con el artículo 49 del Reglamento Interno de ARKADIA Centro de Arbitraje y Conciliación, el aspirante deberá presentar la documentación señalada en el artículo 48 del mismo Reglamento:
Su Hoja de vida deberá sustentar documentalmente el titulo profesional del aspirante, sus grados académicos, distinciones, publicaciones (libros o artículos), experiencia como docente universitario, así como su trayectoria profesional general y especializada.
Adicionalmente:
Si desea desempeñarse como Árbitro en materia de contrataciones públicas, en su hoja de vida deberá acreditar:
a) Experiencia no menor de tres años según las siguientes condiciones: i) en el sector público desempeñándose en materia de contratación pública, o ii) en el sector privado como árbitro o secretario arbitral de la presente Ley o profesional con experiencia en contratación pública.
b) Presentar el formato de la Declaración Jurada adjuntada en el Anexo C del presente reglamento, de no encontrarse impedido para ser árbitro, de no encontrarse inmerso en los impedimentos establecidos en el artículo 327 del Reglamento de la Ley General de Contrataciones Públicas, Ley N° 32069.
c) Que no cuente con más de tres recusaciones fundadas en arbitrajes sobre contrataciones públicas en los dos últimos años.
d) En caso de ejercer como árbitro único o presidente del tribunal arbitral, deberá acreditar estudios de especialización en derecho administrativo, 1. Formato de solicitud de incorporación Descargar 2. Hoja de vida documentada 3. Declaración jurada de integridad Descargar 4. Declaración jurada de no encontrarse impedido para ser árbitro Descargar arbitraje y contrataciones públicas. Cada especialización puede ser acreditada mediante estudios concluidos de doctorados o maestría en materias relacionadas, o cursos o postgrados brindados por universidades o colegios profesionales en cada una de las referidas materias o acreditar docencia universitaria en dichas materias, como mínimo dos años o cuatro semestres o doscientos cuarenta horas académicas.
Precisiones:
La documentación deberá ser dirigida y presentar al Director del Centro; por lo que, tendrá que ser presentada al correo electrónico directora@arkadiarbitra.com o a través del sistema de mesa de partes virtual.
Si el Director estima que el aspirante cuenta con los requisitos necesarios para formar parte de la Nómina de Árbitros del Centro, expedirá una Resolución de Dirección comunicando y solicitando al profesional el pago de la tasa por derecho de incorporación:
CONFORME AL NUMERAL 8.2.7.2 DE LA DIRECTIVA 4 – 2025 – OECE – CD, ARKADIA CENTRO DE ARBITRAJE Y CONCILIACIÓN SOLO PUEDE ADMINISTRAR CONTROVERSIAS EN CONTRATACIONES DEL ESTADO HASTA 2000 UIT.