CONFORME AL NUMERAL 8.2.7.2 DE LA DIRECTIVA 4 – 2025 – OECE – CD, ARKADIA CENTRO DE ARBITRAJE Y CONCILIACIÓN SOLO PUEDE ADMINISTRAR CONTROVERSIAS EN CONTRATACIONES DEL ESTADO HASTA 2000 UIT.
Recuerda que tu solicitud de arbitraje debe contener mínimamente la siguiente información:
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